«En este primer encuentro el notario le explicará todas las cláusulas del préstamo y contestará a sus preguntas para que, con su asesoramiento imparcial, pueda tener un conocimiento completo del contrato que usted va a firmar, así como de sus derechos y obligaciones. Después, el notario le hará un pequeño test, con el que se asegurará de que ha comprendido todo.

Seguidamente redactará un acta, que será gratuita, en la que dejará constancia de los hechos comprobados y de las explicaciones dadas, así como de las preguntas que usted le haya planteado con sus correspondientes respuestas. El acta será firmada por usted y por el notario, lo que se comunicará de manera inmediata a la entidad financiera. A partir de ahí se fijará la segunda cita con el notario para la autorización y firma de las escrituras de la compraventa y del préstamo hipotecario (que suelen hacerse a continuación una de otra), y en la que ya estarán presentes la entidad bancaria y el vendedor». https://www.notariado.org/portal/la-pregunta-de-la-semana

He oído hablar de las donaciones y me gustaría saber cuáles son las ventajas de realizar este tipo de actos con respecto a hacer testamento